Responsabilidad del empleador por el uso de Internet de los empleados
La facilidad con la que se transmite el correo electrónico fomenta la informalidad y a menudo reduce las inhibiciones. El correo electrónico permite la rápida difusión de ideas, planes y documentos. Los empleados con frecuencia tienen acceso ilimitado al correo electrónico e Internet. Esto expone al empleador a muchos riesgos.
Los empleadores pueden estar sujetos a responsabilidad ante terceros por las acciones de sus empleados. Dicha responsabilidad puede surgir de la acción de los empleados realizada dentro del alcance de su empleo. Un empleador puede ser responsable del acoso sexual o racial perpetrado o promovido por correo electrónico. Además, el correo electrónico descuidado y difamatorio puede exponer a las personas y a la empresa a litigios. Pueden surgir otros problemas para los empleadores cuando los empleados infringen las leyes de derechos de autor al descargar información contenida en otros sitios web. También hay riesgos de que los empleados puedan revelar secretos confidenciales de la compañía a competidores o terceros.
La medida en que un empleador es responsable de la conducta de los empleados varía. Bajo el concepto general de respondedor superior, un empleador es responsable de las lesiones de la parte dañada si las acciones perjudiciales del empleado ocurrieron dentro del alcance del empleo del empleado. El análisis del alcance del empleo no se presta a ninguna definición simple, pero los tribunales tradicionalmente aplican los siguientes factores:
• la hora, el lugar y la ocasión del acto
• la relación entre empleador y empleado
• si el acto lo realizan comúnmente los empleados
• si el acto se apartó del alcance normal del trabajo
• si el empleador anticipó razonablemente el acto
Un empleador no puede asumir que escapará de responsabilidad simplemente porque no sabe que tal acción está ocurriendo. Una empresa será responsable si los empleados de nivel gerencial lo supieran, o en el ejercicio de un cuidado razonable deberían haber sabido sobre conductas ofensivas. Ver Faragher v. Ciudad de Boca Ratón, 524 U.S. 775, (1998). La pronta acción para remediar una atmósfera hostil puede liberar al empleador de responsabilidad, pero no hay garantía.
Esta y las siguientes publicaciones han sido copiadas o adoptadas de A Legal Guide To The INTERNET - Sexta edición, publicada a través de un esfuerzo conjunto del Departamento de Empleo y Desarrollo Económico de Minnesota y Merchant & Gould.
Este artículo fue escrito en inglés por el abogado Aaron Hall, quien concedió a Ceiba Fôrte Law Firm® licencia perpetua para el uso de este y otros artículos semejantes. El abogado Hall no trabaja ni representa a Ceiba Fôrte. Puede aprender más sobre el abogado Hall aquí: https://aaronhall.com