Competencia territorial (jurisdicción) en los contratos de trabajo
Tribunal de Apelaciones de Minnesota: Volkman v. Hanover Inversiones, Inc.
843 N.W.2d 789 (2014)
Este caso involucra una cuestión de jurisdicción personal cuando las disposiciones de "elección de ley" en los contratos están en juego. Susan Volkman fue empleada por Conceptos de una Llamada ("OCC") en Minnesota desde 1984 hasta 2010. Volman fue empleada de conformidad con un acuerdo de empleo celebrado el 1 de enero de 1993.
En 2008, Hanover, una empresa de Maryland, adquirió OCC. Cuando Volman fue despedida, ella era la directora de operaciones de OCC y accionista de Hanover de conformidad con un acuerdo de accionistas de 2008, que condiciona su condición de accionista en su empleo con OCC. Según este mismo acuerdo, si iba a ser despedida, Hanover tenía la capacidad de recomprar sus acciones al 10% del valor de mercado, que se determinará a discreción exclusiva de la junta directiva de Hanover. El acuerdo de accionistas también incluyó una disposición de elección de ley a favor de Maryland.
En abril de 2012, Volkman demandó a OCC y Thomas Hoff, fundador y presidente de OCC, en Maryland por varios reclamos. Todos sus reclamos en Maryland fueron desestimados, con la excepción de poder perseguirla "defectuosa" por terminación de causa. En diciembre de ese mismo año, Volkman demandó a Hanover en Minnesota por incumplimiento del acuerdo de accionistas. Hanover pidió sobreseimiento por falta de jurisdicción personal, lo cual fue denegado. Hanover apeló a la Corte de Apelaciones. El razonamiento de la corte de distrito para negar la moción de Hanover se debió a que "al contratar con Volkman, un residente de Minnesota, [Hanover] tenía contactos mínimos intencionados con el Estado de Minnesota para satisfacer el debido proceso".
Como regla general, para mantener la jurisdicción personal sobre una corporación extranjera, un tribunal de apelaciones debe determinar que la jurisdicción personal está autorizada por el estatuto de brazo largo de Minnesota y que el ejercicio de dicha jurisdicción no viola el requisito del debido proceso de que el demandado no residente tenga ciertos contactos mínimos con el estado del foro. Volkman, 843 N.W.2d en 795 (se omiten las citas internas).
Primero, el tribunal comenta sobre la diferencia entre la jurisdicción personal general y la jurisdicción personal específica (las cuales pueden satisfacer el requisito de "contactos mínimos"). La jurisdicción personal general existe "cuando los contactos de un acusado no residente con el estado del foro son tan sustanciales y de tal naturaleza que el estado puede ejercer jurisdicción sobre el acusado incluso por causas de acción no relacionadas con los contactos del acusado con el estado del foro". Id. En el contrato, la jurisdicción personal específica existe "cuando los contactos del acusado con el estado del foro son limitados, pero están relacionados con el reclamo del demandante de modo que el reclamo surge o se relaciona con los contactos del acusado con el foro". Id.
El tribunal aplicó los cinco factores enumerados en Juelich v. Yamazaki Mazak Optonics Corp., 682 N.W.2d 656 (Minn. 2004) para determinar si existe jurisdicción personal. Estos cinco factores son los siguientes:
• La cantidad de contactos con el estado del foro;
• La naturaleza y calidad de esos contactos;
• La conexión de la causa de acción con estos contactos;
• El interés del foro que proporciona el estado; y
• La conveniencia de las partes.
Id. en 570. Después de que el tribunal examinó todos los factores, llegó a la conclusión de que los contactos de Hanover establecieron que Minnesota podría ejercer jurisdicción específica sobre Hanover, incluso a pesar de la disposición de derecho de Maryland en el acuerdo de accionistas, sosteniendo "[una] opción de la ley no es suficiente para conferir jurisdicción.” Volkman, 843 NW2d en 797.
Este artículo fue escrito por la abogada Maureen A. Carlson.
Este artículo fue preparado por el abogado Aaron Hall, quien concedió a Ceiba Fôrte Law Firm® licencia perpetua para el uso de este y otros artículos semejantes. El abogado Hall no trabaja ni representa a Ceiba Fôrte. Puede aprender más sobre el abogado Hall aquí: https://aaronhall.com/choice-of-law-provisions-in-employment-contracts/