Referencias del empleador: ¿Cuánto puedo decir?

Un empleador (“patrono”) privado, que se define como un empleador que no es una entidad del gobierno (ej., una agencia estatal, un sistema estatal o una subdivisión política) está protegido de la responsabilidad por la divulgación de ciertos tipos de información cuando se le contacta para referencia de un ex empleado. La información que un empleador puede compartir acerca de un ex empleado cuando se le solicita una referencia son las siguientes:

  1. •Fechas de empleo,

  2. • Compensación y antecedentes salariales,

  3. • Descripción del trabajo y funciones,

  4. • Capacitación y educación brindada por el empleador,

  5. • Actos de violencia, robo, acoso o conductas legales documentados en el registro personal que resultaron en una acción disciplinaria o renuncia y la respuesta escrita de los empleados, si corresponde, contenida en el registro personal de los empleados.

Si un empleador revela algo que cae bajo el Número Cinco, entonces la divulgación debe hacerse por escrito con una copia al mismo tiempo por correo regular a la última dirección conocida del empleado.

Un empleador también está protegido de la responsabilidad si tiene una autorización por escrito para divulgar la información a continuación y en realidad la divulga a la referencia de un ex empleado:

• Evaluaciones escritas de los empleados realizadas antes de la separación del empleado del empleador, y la respuesta escrita de los empleados, si la hubiera, contenida en el registro personal del empleado,

• Advertencias y acciones disciplinarias descritas en los cinco años anteriores a la fecha de la autorización, y la respuesta escrita de los empleados, si corresponde, contenida en el registro personal del empleado, y

• Motivos escritos para la separación del empleo.

Sin embargo, un empleador no está protegido si el empleado anterior puede demostrar "con evidencia clara y convincente" que toda la información proporcionada fue falsa y difamatoria y que el empleador sabía o debería haber sabido que la información era falsa y si el empleado anterior también puede probar intenciones maliciosas.

El estatuto es litigado con poca frecuencia como una búsqueda y Westlaw reveló que sólo tres casos han citado a Minn. Stat. § 181.967, el estatuto que contiene estas restricciones a los empleadores, solo tres veces el estatuto se promulgó en 2004. Y ninguno de los tres casos que citaron la estatua entró en una gran profundidad o explicación al interpretar el idioma.

Este artículo fue escrito en inglés por el abogado Aaron Hall, quien concedió a Ceiba Fôrte Law Firm® licencia perpetua para el uso de este y otros artículos semejantes. El abogado Hall no trabaja ni representa a Ceiba Fôrte. Puede aprender más sobre el abogado Hall aquí: https://aaronhall.com



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