Residencia para pariente cercano en EEUU
Una de las formas más fáciles para obtener una Green Card (residencia permanente) es a través de un pariente cercano ciudadano de EEUU. Si ya estás en EEUU y entraste con algún tipo de visa, el proceso puede ser relativamente rápido. Si no estás en EEUU o si entraste a EEUU de forma ilegal, hay otros procesos para obtener residencia permanente. Este artículo habla sobre el primer escenario.
El peticionario es el padre, madre, cónyuge, o hijo/a que es ciudadano de EEUU. El beneficiario eres tú, quien ya vive en EEUU y entró legalmente, pero que quiere ser residente. Aquí es cuando el peticionario “pide” a su pariente a través de un proceso denominado One-Step Adjustment.
Este proceso es de los más sencillos que hay, ya que involucra dos aplicaciones sometidas al mismo tiempo y que se resuelven tan rápido como seis meses. Sin embargo, este proceso puede tener muchos retrasos y complicaciones si el peticionario y beneficiario no someten todo en orden o si no reúnen claramente los requisitos. En el mundo del Derecho, las pruebas son las que cuentan. Debes proveer todo lo que te piden – y hasta más. Aquí te incluyo varias consideraciones para tu proceso. No es un listado exhaustivo.
Solo un pariente cercano de un ciudadano de EEUU puede ser beneficiario de la residencia permanente en esta situación. No empieces a inventar sobre parientes lejanos como un tío abuelo, sobrino de segundo grado, concuñado, o similares.
Aplicación #1: Formulario I-130
Esta aplicación es la petición en sí. El peticionario le pide al gobierno que te permita a ti como el beneficiario inmigrar o permanecer dentro del país. En esta aplicación, debes acompañar documentación probando que tu pariente es ciudadano de EEUU y probando tu vínculo con este pariente. Dependiendo del caso, esto puede incluir actas de nacimiento, acta de matrimonio, declaraciones juradas de testigos, declaración de impuestos (taxes), título de propiedad o arrendamiento, fotografías, etc. Debes brindar traducciones para documentos que no estén en inglés.
El punto es probar que tu pariente es ciudadano y que tú tienes un vínculo legítimo con el o ella. El costo de esta aplicación es $420 pagaderos en cheque o giro (money order) al Department of Homeland Security.
Aplicación #2: Formulario I-485
Esta es la otra aplicación que debes someter para aprobación del gobierno. Es absurdo tener dos aplicaciones pero burocracia es burocracia (o burrocracia, como yo le llamo). El propósito del formulario I-485 es pedirle al gobierno que modifique o ajuste tu estatus migratorio. Digamos, si entraste con visa de turista, de negocios, o de estudiante, la I-485 cambiaría tu estatus a residente permanente. Según el caso, debes acompañar prueba de los ingresos de tu pariente peticionario (formulario I-864), exámenes médicos, acta de nacimiento, copia de visa y pasaporte, fotografías, antecedentes policiales o criminales, y que entraste legalmente a EEUU.
El costo de esta aplicación es $985 más otros $85 para servicios biométricos (“huellas”) pagaderos en cheque o giro (money order) al Department of Homeland Security.
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Junto a ambos formularios van acompañados otros formularios que omito detallar; puedes leer más al respecto en los sitios provistos abajo. Luego viene un periodo de espera antes de tu entrevista, si fuese aplicable. Esta cita puede ser breve o larga, dependiendo del oficial de inmigración y qué tan fuerte hayas probado tu caso.
Obtener el estatus de residente permanente de los Estados Unidos de América es un privilegio. Debes usarlo con cautela y nunca abusarlo. No es una carta blanca para empezar a meterte en problemas con la ley. Puedes ser recluido y hasta deportado si abusas tu estatus de residente.
En asuntos de inmigración, no todos los casos son iguales. Lo más probable es que estés confundido porque fulanito te dijo que el proceso era de un modo, luego menganito te dijo que era de otro modo, y después zutanito te explicó que era de otra forma. Tienes que consultar con un abogado para que te explique tu caso en particular. Si un detallito cambia, el caso cambia totalmente. Te vas a confundir más si no consultas con un abogado (ser “licenciado” o notario en EEUU no basta).
Ceiba Fôrte Law Firm® no se especializa en derecho de inmigración. Puedes contactar a la abogada Killa Martí para ello: http://martilawfirm.com
Tarjeta Verde para un Familiar Inmediato de un Ciudadano de los Estados Unidos